No queda
duda que el alzamiento en la villa de Oruro en 1781 fue un acto prolongado de
desacato contra las autoridades españolas, en el que no se veían inspiraciones
aglutinadas en un ideal de libertad. Las posiciones de rebelión se manifestaban
desde muchos años atrás, y tenían como meollo, la injusticia en el otorgamiento
de los cargos públicos por parte de la Corona o por los testaferros de ocasión.
Si la labor minera no satisfacía a la generalidad de la población, pues habían
sólo unos cuantos individuos que ganaban en la aventura minera, los demás
buscaban desesperadamente el acomodarse bajo un salario aceptado por las leyes
reales.
Desde
cuarenta o cincuenta años antes del Febrero de 1781 se vivían temporadas
tormentosas en Oruro por el confrontamiento de sus habitantes tanto de palabra
y de insulto en las calles como en los juicios llevados constantemente a los
tribunales. Muchos de los personajes de ese antaño tuvieron descendientes que
aparecieron en escena en los momentos culminantes de la denominada rebelión
contra los europeos de los mestizos e indígenas.
El 1 de
enero de 1741 como era costumbre en la villa de San Felipe de Austria se
tocaron las campanas con el ritmo destinado a llamar a reunión al Cabildo para
efectuar las elecciones obligadamente anuales de sus miembros. Don Martín de
Espeleta y Villanueva era el Corregidor, que presidió la sesión, y estaba
acompañado por los dos alcaldes ordinarios salientes, que eran don Melchor de
Herrera, alcalde provincial, Joseph Díaz Ortiz, alférez real, y además Joseph
de Aldave y Salamanca, alguacil mayor y los regidores Agustín Ibáñez de
Murzábal, Manuel de Ayllón, Joseph de Imblusqueta y Blas J. del Barrio.
El escribano
Gaspar Hurtado de Villagómez en su primera intervención recordó a los presentes
que existía la prohibición de votar de todas aquellas personas que no habían
cancelado sus deudas con el tesoro real, y por consiguiente, de ser elegidas.
El corregidor Espeleta pronunció el nombre del corregidor Murzábal como uno de
las afectados por el articulado de la "Compilación de Leyes de la
Indias", porque no había cancelado el puesto de fiel ejecutor que ejercía.
Al cual se le ordenó abandonar la Asamblea, por oposición de Espeleta que no
aceptó que otro regidor, Blas Joseph del Barrio, ofreciera cubrir la cuenta
debida por Ibáñez. (Cornblit)
A pesar de
que todos estos sucesos eran promovidos por las intrigas y rivalidades, se
llegó a conformar el Cabildo de ese año, quedando para el asombro de la
historia que el regidor Manuel García de Ayllón votó por él mismo para alcalde
de primer voto, lo que estaba vedado por las leyes mencionadas, y Herrera
permitió esa arbitrariedad para ganar el voto de Ayllón, a pesar que éste debía
invalidarse por ser un colega minero del último, y poseer intereses económicos
asociados. Igualmente se observó que el imputado Ibáñez de Murzábal fue elegido
para el puesto inferior de juez diputado de propios no obstante de que se le
hicieron acusaciones no absueltas.
LAS QUEJAS
LLEGAN A LA AUDIENCIA
Unos días
después de esa elección los afectados, que figuraron en posiciones de menor
jerarquía dentro del Cabildo (Murzábal, Imblusqueta, Blas Joseph del Barrio y
Joseph Díaz de Ortiz) presentaron un alegato a la audiencia de Charcas,
rechazando las acciones dictatoriales del corregidor y del alcalde. Y
quejándose directamente de que el alcalde provincial Herrera no permitía la
instalación de la justicia con las amenazas de violencias y de abusos en la
administración como se habían producido en los años anteriores. La acusación
más importante era que existían testigos de que en los días anteriores a la
elección se había tramado una conjura para elegir solamente a los miembros de
su partido, y que el día mismo de la reunión muchos de los ciudadanos
ostentaban las insignias de sus grados militares, que se usaban en caso de
acontecimientos bélicos, lo que hacía suponer que se iba a utilizar algún
aparataje de fuerza. (Cornblit)
Fue don
Manuel Montalvo y Luna, como procurador, que presentó la demanda ante la corte
de la audiencia de Charcas en el nombre de los cuatro perdidosos vecinos. Lo
que sucedería a continuación es la cabal demostración de que la justicia, aun
estando bajo la vigilancia y el control de las leyes ibéricas, demostraba la
utilización de una serie de maniobras que empleaban los abogados para retardar
la justicia. En hechos evidentes basaban sus argumentos los perdidosos puesto
que era ostensible que Herrera y los suyos habían utilizado medios ilícitos
para mantener el poder en la villa asegurando los más importantes puestos de la
asamblea. Que la tensión era de tono subido se percibe porque dos de los
regidores que, en su momento, tenían que decidirse por inclinarse a una de las
partes, prefirieron renunciar a sus puestos antes que enfrentarse a don
Melchor. Estos fueron Martín de Mier y Juan de Albarracín que quedaron
estantiguas ante la comunidad.
En 21 de
marzo se recibió la notificación en el cabildo de Oruro, para tratar la cual se
citó a los miembros del gobierno comunal pero los cuatro reclamantes no
asistieron a la asamblea dando una variedad de pretextos para faltar
(Cornblit).
Esta
historia es demostración de que los pasos de la justicia en ocasiones son
cojeras provocadas para que no exista ningún avance. Ya se sentía que el envío
del pleito a la Audiencia de La Plata se hacía con el propósito de retrasar la
definición de las posiciones, para que mientras no apareciera esta última,
durante los meses consecutivos hasta que llegara la elección del siguiente año,
el corregidor y el alcalde provincial podrían mantener su valimento
incontestable en el cabildo. El juicio fue denominado caso de corte porque unos
ciudadanos sostenían querella contra un corregidor; además la acción no podía
realizarse en el cabildo mismo porque los perdidosos se quejaron en distintos
tiempos que no podían asistir al ayuntamiento para evitar el ultraje de sus
personas.
El virrey de
Lima, que había recibido la primera queja en enero de 1741, solicitó en abril a
la audiencia una información sobre el estado del asunto, con lo que terminó su
intervención directa. No le pudieron responder a brevedad porque el proceso no
había avanzado; y para no certificar incongruentemente con la verdad después de
los juicios, se dio más tardas al asunto, sobre todo porque muchos se daban
cuenta que al enviar el resultado de las elecciones, con las firmas de todos
los participantes, se las convalidaba y se demostraba la inutilidad de
cualquier reclamo. Los demandantes sabían de esta posición que referiría la
tardanza de la impugnación y de la lógica expiración, como suficientes premisas
para que se legitime la elección, y por eso quisieron demostrar ante las
autoridades de que su conducta primera era la que se presenta cuando hay temor
a la violencia; esto era su alegato porque existían numerosos testigos del
convulsionado escenario.
La fecha
límite para plantear correctamente la reclamación era el 16 de abril y entonces
el abogado de los cuatro apareció en persona en La Plata para indicar que las
notificaciones que habían sido dirigidas a sus clientes no tenían validez porque
ellas se habían transferido allí. El 20 de abril Cabrera fundamentaba su
defensa en que había existido desde el comienzo un insalvable error de
procedimiento puesto que se debía empezar el caso por la presentación de los
autos al alguacil mayor don Joseph de Aldabe y Salamanca ("Petición de
Aldabe y Luna" La Plata). El 29 de abril la corte notable aceptó el
trámite de Montalvo y Luna, pero el tiempo transcurriría con una u otra
obstaculizante medida solicitada a la aceptación del caso remitido desde Oruro.
El 10 de mayo anunció el abogado del cabildo Ambrosio Cabrera que los autos
volvieron a la corte pero sin la debida respuesta, porque don Eugenio
Calvimonte, abogado del cabildo se había ausentado de Oruro súbitamente sin
haber alistado el alegato para el juicio (Cornblit).
HOSTILIDADES
CONFLICTUABAN LA EXISTENCIA
Se
evidenciaba una vez más que aparecían aunque imperfiladas las constantes
tácticas maliciosas de retardación. No se podía esperar que las decisiones se
presentaran puesto que en la villa de Oruro las autoridades mermaban las
creíbles respuestas a los requerimientos de datos o evidencias testificales que
pedían los de la audiencia. Se notaba que las personas, como el fiscal mismo,
se retractaban de sus actuaciones porque entendían que al comenzar el siguiente
año, los que dirigían el cabildo tomarían revancha, por lo que no respondían
directamente a las solicitudes. En junio se completaron los seis meses en que
el movimiento judicial había marchado con pies de plomo y el caso no había avanzado,
como se comprobaba que la repetitiva labor de Montalvo y Luna no conseguía
allanar la valla que impedía la progresión del juicio, como no pudieron
conseguir ningún resultado el fiscal que había exteriorizado sus pruebas de
acciones de desgaste, ni el virrey mismo que no obtuvo ni la respuesta
servicial sobre el asunto. Una vez más el cabildo transfirió los expedientes al
agente Cabrera que se pronunció por la validez de las elecciones, y en
noviembre señaló que se había llegado al término máximo a que debían sujetarse
las instancias. Por supuesto que faltando pocos días para que se concluya el
período de gobierno de nada serviría una resolución en base al derecho.
Lo referido
destaca claramente lo que sucedía en la administración virreinal y las actitudes
de conveniencia que brotaban en los cabildos regionales y en la audiencia. Las
hostilidades conflictuaban la existencia de los habitantes, y el clima de la
sociedad efervescía continuamente. Los descendientes de estos actores de 1741
mantenían aún cuarenta años después las beligerancias partidarias de los grupos
cefálicos que manejaban a los subordinados con el temor de desequilibrar los
sueldos emergentes de sus casuales posiciones en la administración pública.
Los
Expedientes Coloniales, del Archivo Nacional de Sucre, especialmente las actas
del Cabildo de Oruro, que tan tesoneramente ha investigado O. Cornblit
("Power and Violence"), y del cual extractamos los datos, liberan la
eclosión de un pasado que antes atinaba a caminar en las sombras, y que deben
seguirse abriendo con el estudio para encontrar la claridad de una historia
orureña legítima.
Por: Alfonso Gamarra Durana
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